
Huaraz en Línea. - Las veinte autoridades municipales que fueron sometidas a la consulta popular de revocatoria el 8 de junio y los cuatro promotores que la impulsaron cumplieron con entregar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus respectivos informes de campaña, por mandato de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), según reporta el aplicativo Claridad del organismo electoral.
Según la Resolución Gerencial n.° 000003-2025-GSFP/ONPE, el plazo para la presentación de la información financiera venció el 7 de agosto y comprende el periodo que va del 10 de marzo al 11 de julio de 2025.
Por esta razón, tanto las autoridades sometidas a consulta como los promotores que promovieron el proceso debieron llevar un control interno de sus actividades económico-financieras, con el fin de registrar adecuadamente la información relacionada con los aportes, ingresos y gastos efectuados durante toda la campaña electoral, desde su inicio hasta su conclusión. Esta información debió estar debidamente sustentada con la documentación correspondiente.
Las rendiciones de cuentas entregadas serán sometidas a un proceso de verificación y control por parte de la ONPE. Los resultados se publicarán en el Portal Digital de Financiamiento Claridad en un plazo no mayor de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de presentación de la información económica-financiera.
Según el reglamento de supervisión de fondos partidarios (RFSFP), la campaña electoral es el conjunto de actividades partidarias realizadas desde la convocatoria a un proceso electoral hasta la publicación en el diario oficial El Peruano de la resolución que declara su conclusión, la cual tiene por finalidad directa la obtención del voto de los ciudadanos hábiles para optar por una alternativa concreta que se les presente durante un proceso electoral, sea para elegir representantes ante un organismo de gobierno o para decidir respecto de una materia que es sometida a consulta popular.
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Los cuatro promotores que participaron en la consulta popular de revocatoria del 8 de junio reportaron ingresos y gastos totales por S/ 6,314.70 y S/ 5,614.70, respectivamente. A su vez, de las veinte autoridades edilicias involucradas, diecisiete reportaron cero soles como ingresos y gastos de campaña, mientras que tres dieron cuenta de ingresos y gastos generales por S/ 1,860.00
La revocación del mandato es un derecho de control ciudadano contemplado en los artículos 2, numeral 17, y 31 de la Constitución Política del Perú, que permite a la población destituir a una autoridad de elección popular antes de que termine su mandato.
El domingo 8 de junio se desarrolló la Consulta Popular de Revocatoria 2025 en los distritos de Boquerón (Padre Abad, Ucayali), Huayana (Andahuaylas, Apurímac), Huamalí (Jauja, Junín) y Julcamarca (Angaraes, Huancavelica). Los resultados pueden visualizarse ingresando a https://resultadoelectoral.onpe.gob.pe/.
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