Suspensión perfecta. ¿Perfecta para quiénes?

Lunes, 12 Octubre 2020 - 8:45am

Huaraz en Línea.- Conforme la emergencia sanitaria se va ampliando, también se ha venido ampliando la vigencia de la medida –adoptada por el Gobierno y el Ministerio de Trabajo- donde se faculta a las empresas en la aplicación de la suspensión perfecta de labores para sus trabajadores. Esto significa que no se corta el vínculo laboral, pero no hay pago y no se realiza trabajo alguno.

Es así que mediante Resolución Ministerial N° 229-2020-TR, se señala que la suspensión perfecta de labores será aplicable hasta el próximo 5 de enero del 2021. Según estimaciones del Ministerio de Trabajo, se han resuelto el 78% de las solicitudes presentadas y en declaraciones a la prensa, el ministro Javier Palacios respondió que, hasta ahora, "alrededor de 22,000 personas están en suspensión perfecta". Sobre el número de empleadores que han suspendido a sus trabajadores, estimó que serían alrededor de 7,000 empresas.

Como es de conocimiento, los principales gremios de trabajadores han calificado esta medida como una tragicomedia que significa el preludio de una constante incertidumbre entre miles de trabajadores que no saben qué les espera durante y después de la suspensión de labores. Y que más bien, se ha permitido vicios legales que le plantea al trabajador la posibilidad de una renuncia forzosa por los siguientes motivos.

Dadas las condiciones informales en las que se desarrollan los empleos de nuestra Población Económicamente Activa, los trabajadores con contrato indefinido son una minoría dentro de la población asalariada.  Según el INEI, más del 57% de la fuerza laboral corresponde a trabajadores independientes, familiares o cualquiera que participe de una actividad económica, pero no recibió un salario por ello.

Es así que los trabajadores con contrato indefinido tienen causales específicas que los protegen de despidos arbitrarios u otros factores, por la naturaleza del contrato. Pero en nuestro país los contratos determinados son un vicio constante.

Es así que cuando la suspensión perfecta de labores entra en solicitud, se genera una incertidumbre cómoda para la empresa, pero de profunda precariedad para el trabajador. Mientras el Ministerio se toma el tiempo para resolver la solicitud, el trabajador tiene que esperar la respuesta para a favor o en contra. De ser positiva y aceptar la suspensión, el empleado tiene dos caminos que seguir: el primero es el acceder al beneficio de un bono (760 soles) por suspensión. Pero, hay requisitos que hacen que este bono sea casi imposible de obtener. Como, por ejemplo, que la empresa no cuente con más de 100 trabajadores, que se gane como máximo 2,400 soles o que ningún familiar haya recibido algún tipo de bono.

El segundo camino es aún más tedioso. Si la solicitud de la empresa es aceptada, se pasa al estado de la suspensión por el tiempo que determine la empresa. La persona mantiene el vínculo, pero nunca se sabe hasta cuándo o en qué momento se le despedirá. La suspensión perfecta es el inicio del fin para miles de familias. Las empresas no desean seguir manteniendo el vínculo laboral; pero, no pueden despedir al trabajador por las leyes constitucionales y laborales que lo protegen. Entonces, en muchos casos, se inician situaciones de hostigamiento laboral y los acuerdos desventajosos.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) dio cuenta de relaciones laborales conflictivas en medio de la pandemia. Según un reporte de la institución, desde la quincena de marzo hasta agosto, se registraron 27,017 denuncias laborales. La mayoría de ellas eran por presuntos despidos arbitrarios e incumplimiento de beneficios laborales correspondientes.

Por redes sociales se han difundido una serie de testimonios donde trabajadores de múltiples empresas, denuncian haber sido obligados a renunciar bajo la figura del mutuo disenso. Una estrategia en el que el trabajador, "por iniciativa propia", acepta renunciar a su vínculo laboral, a cambio del pago de todos sus beneficios y una "compensación" negociada con el empleador. Y siendo sinceros, un trabajador no tiene más opción que aceptar la renuncia.

Estas estrategias son aplicadas incluso por empresas beneficiadas por el Programa Reactiva, que justamente fue creado para evitar suspender las cadenas de pago a los trabajadores y evitar su despido. Tal y como se denunció el despido de trabajadores de la cadena Cineplanet.

Estar meses sin remuneración es un calvario económico para muchos trabajadores que son cabeza de familia. Varios entran en ansiedad y desesperación por la falta de fuente de ingresos. La última encuesta nacional urbano-rural de El Comercio- Ipsos, aplicada entre el 9 y 10 de setiembre, arrojó que 71% reportó haber experimentado problemas emocionales como ansiedad, estrés o depresión.

¿Qué otras opciones hay? Acceder a la CTS o AFP, los cuales son derechos obtenidos; el primero, por los años laborando en una empresa, con el fin de proteger al trabajador y de la cual debería disponerse en situaciones de emergencia o ante situación de despido, cuando no se cuenta con trabajo alguno.  Y el segundo es un fondo pensionario para la jubilación. Si el CTS o la AFP se acaban, lo más próximo es una ocupación informal.

Necesitamos trabajo, inversión pública en los sectores donde más generación de empleos se produce, incentivos que vayan directamente a las empresas que fomenten la permanencia de vínculos laborales y que no hayan accedido a los beneficios de Reactiva Perú. Urge un Plan de emergencia para la generación de empleo permanente en condiciones decentes.

Con el anuncio de la ampliación de la suspensión perfecta ¿dónde estás Sunafil?

(Por: Alejandra Dinegro, Socióloga - OtraMirada)

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