Empresas de transportes que no respeten asientos reservados serán multadas hasta con S/43,000

Jueves, 26 Noviembre 2020 - 12:30pm

Huaraz en Línea.- El MTC impulsa la campaña ‘Yo respeto el asiento reservado’ con el fin de concientizar sobre la importancia de guardar el espacio para las personas con discapacidad.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) impulsa la campaña informativa ‘Yo respeto el asiento reservado’ con el objetivo de concientizar a la ciudadanía y a los transportistas sobre la importancia y necesidad de respetar el espacio para las personas con movilidad reducida (discapacidad), con niños en brazos, adultos mayores y embarazadas en las unidades de transporte público.

A través de su plataforma digital, el sector  brindará información sobre la importancia de respetar el asiento reservado en las unidades de transporte público urbano. También realizará una capacitación virtual gratuita el 3 de diciembre, en el marco del Día Mundial de los Derechos de las Personas con Discapacidad, sobre el estricto cumplimiento de esa disposición en los transeúntes y conductores del país.

Se busca unir esfuerzos en pro de la integración y la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, así como la eliminación de toda forma de discriminación.

Los vehículos de servicio público deben reservar asientos y espacios adecuados de fácil acceso y debidamente señalizados para el uso preferencial, así lo establece la Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley N°29973).

Asimismo, el Reglamento de la Ley de Protección de las Personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA) establece que la reserva de asientos preferenciales es también para el uso de las personas con dicho trastorno, que tienen el derecho a no ser discriminados por su condición de salud, en especial en los servicios públicos.

Eviten las multas
El no cumplimiento de dicha reserva es considerado una infracción grave y tiene una multa para las empresas de transportes que va desde los S/ 21,500 hasta S/43,000, según indica la ley N°29973 en su artículo 81.

El negarse a brindar el servicio de transporte a una persona por su condición de discapacidad es considerada también una infracción grave.

Los encargados de fiscalizar y sancionar el incumplimiento de la norma y la atención preferente a las mujeres embarazadas, niñas, niños y adultos mayores en los establecimientos y servicios de uso público (Ley N°28683) son las Municipalidades Provinciales y la Policía Nacional del Perú (PNP).

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