Empresas de agua podrán facturar promedio de consumo cuando no se pueda verificar consumos atípicos

Miércoles, 12 Agosto 2020 - 12:15pm

Huaraz en Línea.- La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), a través de la resolución de Consejo Directivo N° 025-2020-SUNASS-CD, aprobó disposiciones especiales para asegurar el control de las facturaciones basadas en diferencias de lecturas de medidor en el marco del estado de emergencia nacional.

A partir de junio, las empresas prestadoras retomaron progresivamente la lectura de los medidores, que había sido suspendida durante el aislamiento social obligatorio, detectando consumos atípicos, es decir, consumos extraordinarios que superaban en más del 100 % el promedio histórico de consumos.

El procedimiento regular existente frente a consumos atípicos establece que la empresa operadora debe realizar una inspección de las instalaciones sanitarias al interior de la vivienda para determinar si existe alguna  fuga o problema que haya motivado el aumento de consumo.

En este contexto, donde la emergencia sanitaria continúa a causa de la COVID-19, la resolución publicada por la Sunass permite a las empresas operadoradoras que detecten consumos atípicos y que no puedan realizar la inspección interna de las instalaciones sanitarias, por negativa del usuario, facturar por promedio histórico de consumo.

En caso la diferencia de lecturas del mes inmediato siguiente registre otra vez un consumo atípico, dicho mes también podrá ser facturado por promedio histórico. Este régimen de facturación estará vigente para las facturaciones pendientes de emitir y hasta 2 meses después de finalizado el estado de emergencia nacional.

La Sunass exhorta a la población usuaria a revisar periódicamente sus instalaciones sanitarias, a fin de advertir fugas internas, visibles o no visibles, para evitar el desperdicio de agua, tan importante para la salud de las personas, y el incremento excesivo de la facturación.

En caso se recurra a personal técnico  especializado para realizar la revisión o verificación oportuna de algún problema, se recomienda exigir que cumpla todas las medidas de bioseguridad. 

ATENCIÓN DE RECLAMOS

La Sunass recuerda a los usuarios que si no se encuentran conformes con lo facturado por la empresa de agua pueden presentar sus reclamos a través de las vías de atención remota que ha establecido Sedachimbote.

Además, recordó que se ha dispuesto medidas para otorgar facilidades de pago como el fraccionamiento hasta en 24 meses de los consumos generados durante la emergencia nacional, sin intereses y sin necesidad de la celebración de un convenio con la empresa. Esta medida favorece a los usuarios de la categoría doméstica de consumos menor a los 50 m3. Asimismo, se estableció un plazo de 2 meses sin suspensión (corte) del servicio, contados a partir del levantamiento del estado de emergencia nacional.

Finalmente, la Sunass informó que en Chimbote atendió a más de 200 usuarios durante el estado de emergencia, mediante sus canales remotos, teléfono 043-280080, celular: 914 122 884 y el correo [email protected].    

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