JEE-Huaraz concede tres días de plazo para descargos de Puro Ancash sobre inhabilitación de Waldo Ríos

Martes, 21 Octubre 2014 - 7:30pm

Huaraz en Línea.- Los miembros del Jurado Electoral Especial de Huaraz corrieron traslado de la notificación sobre la nulidad del pedido de rehabilitación de Waldo Ríos Salcedo por parte del Jurado Nacional de Elecciones a la Coordinadora de Fiscalización del organismo electoral.

El expediente Nro. 214-2014-SG/JNE es de fecha 20 de octubre en donde se establece que el candidato de Puro Ancash, Waldo Enrique Ríos Salcedo se encuentra inhabilitado por tener sentencia en su contra por el delito contra la administración pública en la modalidad cohecho pasivo impropio y contra el patrimonio en la modalidad de receptación en agravio del Estado.

Tal como se aprecia en dicho oficio, la información remitida tendría que ver con una sentencia que indicaría que el candidato Waldo Enrique Ríos Salcedo no se encontraría rehabilitado; por lo tanto, debe correrse traslado del oficio No 11058-2014-SG/JNE a la Coordinadora del Área General de Fiscalización de este Jurado Electoral Especial para que en breve término presente el informe que estime conveniente respecto a la procedencia de exclusión de dicho candidato.

El expediente termina resolviendo correr traslado del oficio No 11058-2014-SG/JNE y los documentos que lo acompañan a la Coordinadora del Área de Fiscalización de este Jurado Electoral Especial de Huaraz para que realice el informe que considere.

El documento tiene la firma de Silvio Lagos Espinel, presidente del Jurado Electoral Especial de Huaraz así como de los miembros, Marcial Temple Temple y La Rosa Salcedo.

En la Resolución No 019-2014-JEE-Huaraz, de fecha 21 de octubre se establece que se tiene conocimiento del oficio No 096-2014-JSI-P-PJ , remitido por el juez supremo instructor de la vocalía de la Corte Suprema en el cual informa que su despacho declaró improcedente la rehabilitación del candidato Waldo Enrique Ríos Salcedo, en la instrucción que se le siguió por el delito contra la administración pública , en la modalidad de cohecho impropio y contra el patrimonio en la modalidad de receptación en agravio del Estado.

Ante esta situación se corre traslado a los representantes de la agrupación política Puro Ancash para que en el plazo de tres días hábiles presente los descargos que estime conveniente.

En la parte resolutiva, los miembros del JEE-Huaraz determinan correr traslado al personero legal del Movimiento Puro Ancash para que realice los descargos que considere pertinente.

 

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