Huaraz: Corte de Justicia de Áncash realizó pleno jurisdiccional en materia penal

Martes, 4 Octubre 2016 - 10:30am

Huaraz en Línea.- La Corte Superior de Justicia de Áncash (CSJAN), el viernes 30 de setiembre, fue sede del Pleno Jurisdiccional Distrital en Materia Penal, actividad que congregó a más de 60 jueces, entre superiores y especializados, de toda su jurisdicción.

En el discurso de inauguración el titular de esta sede judicial, doctor Abraham Melquiades Vílchez Castro, remarcó que este tipo de foros permiten adoptar acuerdos para uniformizar criterios jurisdiccionales que contribuyen a la predictibilidad de los fallos judiciales.

Durante la jornada se abordaron los temas: “¿Para que los hechos punibles sean computables en la habitualidad, basta con que exista un proceso penal pendiente en cualquier etapa en el que se encuentre o es necesario que mínimamente se haya demostrado su responsabilidad?” y “¿Para que los hechos punibles sean computables en la habitualidad, su responsabilidad debió ser demostrada a través de una sentencia o también son considerados el acuerdo reparatorio, el principio de oportunidad y la reserva del fallo condenatorio?”, a cargo del doctor Jimmy Arbulú Martínez, juez superior titular de la Tercera Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Por su parte el doctor Julio Ernesto Tejada Aguirre, juez superior titular de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, disertó sobre: “¿Para probar los tres hechos punibles en la habitualidad, solo pueden realizarse si se encuentran incluidos dentro de un mismo proceso penal o pueden ser evaluados acumulativamente en los antecedentes que ofrezca el Ministerio Público?” y “¿Para probar la habitualidad o reincidencia, basta con que el Ministerio Público ofrezca el oficio de los antecedentes penales o es necesario que también adjunte la sentencia?”.

Finalmente, el doctor Carlos Orlando Gómez Arguedas, juez superior titular de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura, expuso respecto a: “¿Para probar la habitualidad, basta con que el Ministerio Público ofrezca el reporte de casos o es necesario que también adjunte el acta de principio de oportunidad o la disposición fiscal de abstención y posterior archivo?,  “¿Para contabilizar los tres hechos punibles en la habitualidad, estos deben ser independientes y anteriores al nuevo proceso (cuarto), o con el tercer hecho  punible es suficiente para declararlo como tal?” y “¿Se puede declarar la reincidencia en el delito establecido en el artículo 368-D del Código Penal en contra de un interno?”.

La clausura estuvo a cargo del presidente de la Comisión de Plenos Jurisdiccionales, doctor Marcial Quinto Gomero, quien destacó la preparación académica y jurisdiccional de cada uno de los expositores.

Asimismo, agradeció la participación en este cónclave de los magistrados provenientes de las 17 provincias que conforman la vasta circunscripción judicial ancashina.

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